Código Ética

Código de ética

» Declaración ética sobre publicación y buenas prácticas

El equipo editorial de Religación Press está comprometido con la comunidad científica para garantizar la ética y la calidad de los artículos publicados. La publicación toma como referencia el Código de Conducta y Buenas Prácticas que el Comité de Ética en Publicaciones (COPE) define para editores de revistas científicas y editoriales de libros académicos.

En cumplimiento de estas buenas prácticas, los artículos son evaluados por pares externos anónimos con criterios basados exclusivamente en la relevancia científica, originalidad, claridad y pertinencia de los textos presentados por sus autores. En todo momento se garantiza la confidencialidad del proceso de evaluación y el anonimato de los evaluadores y de los autores, el contenido evaluado, el informe razonado emitido por los evaluadores y cualquier otra comunicación emitida por la dirección de comunicación científica.

Del mismo modo, se mantendrá la confidencialidad ante posibles quejas, reclamaciones o aclaraciones que los autores deseen formular al equipo editorial o a los evaluadores anónimos.

Obligaciones éticas de los editores

  • Un editor debe dar consideración imparcial a todos los manuscritos ofrecidos para su publicación, juzgando cada uno por sus méritos sin distinción de raza, religión, nacionalidad, sexo, antigüedad o afiliación institucional del autor (es). Sin embargo, un editor puede tener en cuenta las relaciones de un manuscrito inmediatamente bajo consideración con otros previamente o al mismo tiempo ofrecidos por el mismo autor (es).
  • Un editor debe considerar los manuscritos enviados para su publicación con toda la velocidad razonable.
  • La única responsabilidad de aceptar o rechazar un manuscrito recae en el editor. El ejercicio responsable y prudente de este deber normalmente requiere que el editor busque el consejo de los revisores, elegidos por su experiencia y buen juicio, en cuanto a la calidad y confiabilidad de los manuscritos enviados para su publicación. Los editores deben comunicarse abiertamente con los autores y no proporcionar comentarios bajo la apariencia de una revisión anónima. Sin embargo, los manuscritos pueden ser rechazados sin revisión externa si los editores consideran que son inapropiados para la editorial. Tales rechazos pueden basarse en el hecho de que el manuscrito no se ajusta al alcance de la editorial, que sea de interés actual o suficientemente amplio, que proporcione una profundidad de contenido adecuada, que se escriba en un idioma aceptable (español, portugués o inglés) u otras razones.
  • El editor y los miembros del personal del editor no deben divulgar ninguna información sobre un manuscrito que se esté considerando a nadie más que aquellos a quienes se solicita asesoramiento profesional. (Sin embargo, un editor que solicita, o organiza de otra manera de antemano, la presentación de manuscritos puede necesitar revelar a un posible autor el hecho de que se ha recibido o está en preparación un manuscrito relevante de otro autor). Después de tomar una decisión sobre un manuscrito, el editor y los miembros del personal del editor pueden divulgar o publicar títulos manuscritos y nombres de autores de los trabajos que han sido aceptados para su publicación, pero no más que eso a menos que se haya obtenido el permiso del autor. Si se ha tomado una decisión para rechazar un manuscrito por violaciones éticas, el editor y los miembros del personal del editor pueden divulgar el título del manuscrito y los nombres de los autores a otros editores de editoras.
  • Un editor debe respetar la independencia intelectual de los autores.
  • La responsabilidad editorial y la autoridad para cualquier manuscrito escrito por un editor Religación Press y enviado a esta editorial debe ser delegado a otra persona calificada, como otro editor. Los editores también deben delegar a otra persona calificada manuscritos enviados por graduados recientes (por lo menos durante los 5 años anteriores), por colaboradores o por colegas en la misma institución. La consideración editorial de tales manuscritos de cualquier manera o forma constituiría un conflicto de intereses y, por lo tanto, es improcedente.
  • La información no publicada, los argumentos o las interpretaciones divulgadas en un manuscrito enviado no deben usarse en la investigación de un editor, excepto con el consentimiento del autor. Sin embargo, si dicha información indica que es probable que algunas de las investigaciones del editor no sean rentables, el editor podría suspender éticamente el trabajo. Cuando un manuscrito está tan estrechamente relacionado con la investigación actual o pasada de un editor como para crear un conflicto de intereses, el editor debe hacer los arreglos necesarios para que otra persona calificada tome la responsabilidad editorial de ese manuscrito. En algunos casos, puede ser apropiado decirle a un autor sobre la investigación y los planes del editor en esa área.
  • Un autor puede solicitar que el editor no use ciertos revisores en consideración de un manuscrito. Sin embargo, el editor puede decidir utilizar uno o más de estos revisores, si el editor considera que sus opiniones son importantes en la consideración justa de un manuscrito. Este podría ser el caso, por ejemplo, cuando un manuscrito no está de acuerdo con el trabajo anterior de un potencial revisor.

 

 

Obligaciones éticas de los autores

Se espera que los autores se adhieran a las siguientes pautas éticas; las infracciones pueden resultar en la aplicación de sanciones por parte del editor (es), que incluyen, entre otros, la suspensión o revocación de los privilegios de publicación.

 

  • La obligación central de un autor es presentar una descripción precisa y completa de la investigación realizada, evitando absolutamente el engaño, incluidos los datos recopilados o utilizados, así como una discusión objetiva de la importancia de la investigación. Los datos se definen como la información recopilada o utilizada para generar conclusiones de investigación. El informe de investigación y los datos recopilados deben contener suficientes detalles y referencias a las fuentes públicas de información para permitir que un profesional capacitado reproduzca las observaciones experimentales.
  • Un autor debe citar aquellas publicaciones que han sido influyentes para determinar la naturaleza del trabajo reportado y que guiarán al lector rápidamente al trabajo anterior que es esencial para comprender la presente investigación. Excepto en una revisión, se debe minimizar la cita del trabajo que no se mencionará en la investigación informada. Un autor está obligado a realizar una búsqueda bibliográfica para encontrar, y luego citar, las publicaciones originales que describen el trabajo estrechamente relacionado. Para materiales críticos usados ​​en el trabajo, también se debe hacer una cita apropiada a las fuentes cuando estos fueron suministrados por un no autor.
  • Al enviar un manuscrito para su publicación, un autor debe informar al editor de los manuscritos relacionados que el autor tiene bajo consideración editorial o en prensa. Las copias de esos manuscritos deben ser entregadas al editor, y las relaciones de tales manuscritos con el presentado deben ser indicadas.
  • Es inapropiado que un autor envíe manuscritos que describan esencialmente la misma investigación a más de una editorial de publicación primaria, a menos que sea un reenvío de un manuscrito rechazado o retirado de la publicación.
  • Un autor debe identificar la fuente de toda la información utilizada, excepto aquella que sea de conocimiento común. La información obtenida de manera privada, como en conversaciones, correspondencia o discusiones con terceros, no debe ser utilizada o reportada en el trabajo del autor sin el permiso explícito del investigador con quien se originó la información. La información obtenida en el curso de servicios confidenciales, tales como manuscritos de arbitraje o solicitudes de subvención, debe tratarse de manera similar.
  • El plagio no es aceptable en Religación Press. Las publicaciones se adhieren a la definición de plagio de la Fundación Nacional de Ciencias de los EE. UU. Como "la apropiación de ideas, procesos, resultados o palabras de otra persona sin dar el crédito apropiado" (45 Código de Regulaciones Federales, Sección 689.1). Los autores no deben involucrarse en el plagio: copia textual o casi textual, o paráfrasis muy cercana, del texto o resultados del trabajo de otra persona. Los autores no deben involucrarse en el autoplagio (también conocido como publicación duplicada): una replicación inaceptablemente cercana del texto o resultados publicados previamente por el autor sin reconocimiento de la fuente.

 

 

Obligaciones éticas de los revisores de manuscritos

  • En la medida en que la revisión de los manuscritos es un paso esencial en el proceso de publicación, y por lo tanto en la operación del método científico, cada científico tiene la obligación de hacer una parte justa de la revisión.
  • Un revisor elegido que se siente inadecuadamente calificado para juzgar la investigación informada en un manuscrito debe devolverlo inmediatamente al editor.
  • Un revisor (o árbitro) de un manuscrito debe juzgar objetivamente la calidad del manuscrito completo y la Información de respaldo, teniendo debidamente en cuenta el mantenimiento de estándares científicos y literarios. Un revisor debe respetar la independencia intelectual de los autores.
  • Un revisor debería ser sensible a la aparición de un conflicto de intereses cuando el manuscrito en revisión esté estrechamente relacionado con el trabajo del revisor en curso o publicado. En caso de duda, el revisor debe devolver el manuscrito rápidamente sin revisión, avisando al editor del conflicto de intereses o parcialidad. Alternativamente, el revisor puede desear proporcionar una revisión firmada que indique el interés del revisor en el trabajo, en el entendido de que puede, a discreción del editor, transmitirse al autor.
  • Un revisor no debe evaluar un manuscrito escrito o en coautoría por una persona con quien el revisor tiene una conexión personal o profesional si la relación sesgaría el juicio del manuscrito.
  • La confidencialidad y el anonimato de los revisores externos son expectativas a lo largo del proceso de revisión editorial a fin de permitir una discusión sincera y una evaluación con respecto al contenido científico presentado. Confidencialidad del manuscrito: un revisor debe tratar tanto el manuscrito presentado como los datos recibidos de la editorial y su informe de árbitros y la correspondencia relacionada como documentos confidenciales. Dichos documentos no deben divulgarse ni debatirse con otros, excepto, en casos especiales, cuando se compartan de manera confidencial con personas a las que se pueda recurrir para obtener asesoramiento específico. En tales casos, las identidades de aquellos a ser consultados deben ser reveladas al editor con anticipación. Confidencialidad del revisor y de la revisión: Bajo ninguna circunstancia debe el revisor identificarse a sí mismo como el revisor de un manuscrito específico. Además, el revisor no puede divulgar el contenido de la revisión enviada a ningún individuo u organización. Esta expectativa de confidencialidad y anonimato de la revisión por pares se extiende más allá de la publicación o el rechazo del manuscrito enviado.
  • Los revisores deben explicar y respaldar sus juicios de manera adecuada para que los editores y los autores puedan comprender la base de sus comentarios.
  • Un revisor debe actuar con prontitud y enviar un informe de manera oportuna. En caso de que un revisor reciba un manuscrito en un momento en que las circunstancias impidan su atención inmediata, el manuscrito no revisado deberá devolverse inmediatamente al editor. Alternativamente, el revisor puede notificar al editor de probables retrasos y proponer una nueva fecha de revisión.